Tres preguntas sobre las víctimas ocultas del delito

Apuntes de seguridad #2

A pesar de que la actual metodología para medir la incidencia delictiva busca brindar información sobre las características de las víctimas de algunos delitos, hemos detectado que en varios casos no se especifican datos básicos, como el sexo y la edad.

De 2015 a la fecha, no se identificó el sexo de la víctima en el 18.8% de los casos de lesiones culposas, carencia que también observamos en el 18.2% de las investigaciones por corrupción de menores y el en 16.3% de las lesiones dolosas. Además, no se registró si la víctima era mayor o menor de edad en el 44.7% de los casos de lesiones culposas, el 29.0% de lesiones dolosas y el 26.9% de corrupción de menores.

No contar con información sobre las víctimas significa que las autoridades difícilmente podrán investigar los delitos y esclarecer los hechos. Un Estado así imposibilitado no garantiza la seguridad de los ciudadanos ni hace valer la ley; está en deuda permanente con las víctimas, que quedan en el olvido, sin justicia ni reparación para sus familias. 

A continuación, presentamos un análisis sobre algunas omisiones que presentan las cifras delictivas oficiales. 

¿Qué se debe reportar en la incidencia delictiva?

En 1997 el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) comenzó a publicar mensualmente las estadísticas de incidencia delictiva. Las cifras reportadas se generan con base en las carpetas de investigación iniciadas por las fiscalías y procuradurías estatales cada mes.

Las cifras de incidencia delictiva dan cuenta del número de carpetas de investigación a nivel estatal y municipal, y a partir de 2018 también incluyen el número de víctimas de delitos a nivel estatal. Hay una distinción primordial: la base de datos de carpetas de investigación no distingue por sexo ni edad de las víctimas, mientras que la base de datos de víctimas no incluye todos los delitos, pero sí las distinciones de sexo y edad.

Con la introducción de la base de datos de víctimas se logró una mejora importante en la metodología para reportar la incidencia delictiva: se incluyen características de las víctimas (edad y sexo), la modalidad del delito (con y sin violencia) y tipo de arma utilizada (de fuego, blanca u otra). No obstante, esta desagregación de las carpetas a nivel de víctimas no se hizo para toda la base de datos. La desagregación se realizó únicamente a partir de 2015.

De acuerdo con el Instrumento de Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas[1], las fiscalías y procuradurías estatales deben recopilar información sobre las víctimas de los siguientes delitos: homicidio (doloso y culposo), secuestro, extorsión, lesiones; feminicidio; tráfico de menores; rapto; corrupción de menores, y trata de personas. Esta información tiene que estar desagregada por sexo y dos grupos de edad: menores y mayores de 18 años. Esto, sin embargo, no se cumple con consistencia, ni mucho menos.

¿En qué casos no se está reportando información valiosa sobre las víctimas?

Revisamos la base de datos del SESNSP y nos percatamos de que en cada delito hay un número importante de víctimas cuyo sexo no está identificado. Se entiende que en un país donde las fosas clandestinas y otros delitos atroces han dejado de ser infrecuentes las autoridades no logren identificar el sexo de las víctimas en todos los casos, al menos de manera expedita. Sin embargo, nos alarma que en delitos como las lesiones, la corrupción de menores o la trata de personas, entre otros, las autoridades desconozcan el sexo de tantas víctimas.

La omisión del sexo de la víctima no es igual para todos los delitos. Al calcular el porcentaje de víctimas para las cuales no se determinó el sexo, observamos que entre 2015 y 2020 las mayores omisiones ocurren en los reportes de lesiones culposas (18.8%), corrupción de menores (18.2%), lesiones dolosas (16.3%), trata de personas (14.5%) y tráfico de menores (13.2%).

La nueva metodología del SESNSP introdujo otro elemento clave, la edad. Sin embargo, esta ‘innovación’ nació muy limitada porque se optó por no incluir la edad exacta de la víctima y por usar rangos de edad muy amplios: mayor o menor de edad. Esta información, de por sí con grandes problemas por la falta de desagregación, también tiene muchas omisiones.

Al revisar qué porcentaje de víctimas reportadas en la base de datos no contiene información sobre la edad, encontramos que los delitos que omiten la edad con mayor frecuencia son los de lesiones culposas (44.7%), lesiones dolosas (29.0%), corrupción de menores (26.9%), tráfico de menores (25.5%) y homicidios culposos (24.5%).

¿De qué tamaño es la brecha de información en homicidios?

El homicidio doloso es el único delito que, además del SESNSP, es registrado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Esta información se obtiene a partir de las estadísticas de mortalidad que, entre muchas otras causas de muerte, incluyen también las muertes violentas. Así, podemos comparar el registro de sexo y la edad de las víctimas de homicidio doloso que realizan ambas fuentes, y descubrir cuál es más omisa.

En promedio y de manera anual (2010-2018), el Inegi no logra conseguir información sobre el sexo en sólo 0.5% de las defunciones por homicidio. En el caso de la edad, el porcentaje promedio es de 5.4%.

El SESNSP, en cambio, no logra la identificación de sexo en 2.3% de los homicidios dolosos. En cuanto a la edad de las víctimas, identificamos una falta de información en 18.5% de los casos.

Nota: Datos de 2020 hasta abril. Fuente: Datos de víctimas de homicidio del SESNSP (publicados el 20.05.2020) y datos de defunciones por homicidios (estadísticas de mortalidad, Inegi).

Una carencia de información que no se explica…

El análisis de estas cifras nos genera algunas dudas sobre los procesos de generación y supervisión de las estadísticas delictivas:

  • ¿Por qué las investigaciones de las fiscalías estatales no logran determinar el sexo y la edad de tantas víctimas?
  • De acuerdo con la información del SESNSP, se desconoce la edad de las víctimas en 26.9% de los delitos de corrupción de menores y en 25.5% de los de tráfico de menores. Entonces, ¿cómo se determina que son víctimas de este tipo de delito?
  • ¿Cuáles son las razones de estas omisiones? ¿Errores humanos, capacidades limitadas o incumplimiento de los funcionarios?
  • Si la ley señala que es obligatorio incluir la información de sexo y edad en las carpetas de investigación, entonces ¿por qué el número de carpetas en las que se omite esta información es tan amplio?
  • En los homicidios, ¿por qué el Inegi logra determinar el sexo y la edad de un mayor porcentaje de víctimas que el SESNSP?
  • ¿Por qué los mecanismos del SESNSP no han detectado y solucionado este problema en las cifras delictivas?

Estas preguntas nos recuerdan que el debate sobre la calidad y la veracidad de las cifras delictivas está lejos de concluir. Ponen de frente la necesidad de seguir insistiendo en la urgencia de mejorar nuestros sistemas de control y verificación de las estadísticas, y describen la falta de capacidades en un grupo importante de instancias de gobierno, a nivel federal y estatal.

La ausencia de información tan elemental como el sexo y la edad de una víctima afecta el diseño de las estrategias de seguridad, la supervisión del desempeño de las autoridades, la investigación de los delitos. Sobre todo, aleja la posibilidad de hacer justicia para las víctimas y sus familias.

No se puede enfrentar la enorme crisis de seguridad que sufrimos sin datos confiables y de calidad. Las fiscalías y procuradurías estatales deben cumplir con su obligación de registrar la información como la metodología de incidencia delictiva establece. De igual forma, el Gobierno Federal debe impulsar iniciativas para que la información que generan las autoridades estatales sea confiable, de calidad y apegada a los criterios de transparencia.

En México Evalúa proponemos que una de estas iniciativas sea un organismo de auditoría independiente y plural que revise la calidad y la confiabilidad de los datos oficiales que generan las fiscalías y las procuradurías.


[1] La nueva metodología está en sincronía con la Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadístico del Inegi, que establece la obligación de desagregar los delitos por sexo y condición de edad (mayor o menor de edad).