La prisión preventiva oficiosa: insuficiente para el control de armas de fuego
El 19 de febrero de 2019 se aprobó la iniciativa de reforma al artículo 19 de la Constitución, que terminó ampliando el catálogo de delitos por los cuales los jueces deberán otorgar prisión preventiva oficiosa. El nuevo catálogo incluye delitos relacionados con las armas de fuego de uso exclusivo del Ejército. En este análisis mostraremos de manera concisa que la prisión preventiva oficiosa no es una medida efectiva para contrarrestar la proliferación de armas; al contrario, genera presiones al sistema penal, vulnera la presunción de inocencia y no atiende ninguno de los factores que influyen en la proliferación de armas de fuego. Además, propondremos medidas que coinciden con el espíritu de la reforma, pero que se enfocan en mejorar las capacidades institucionales estatales para el control de las armas.