Justicia de calidad es…
Por Chrístel Rosales (@Chris_Ros) | El Sol de México
Desde hace más de una década, y a partir de una de las reformas más ambiciosas y de mayor calado en la historia nacional, buscamos transformar el corazón de la justicia penal. Hace cinco años que concluyó el proceso de implementación de tal reforma; hoy es vigente en todo el territorio y, sin embargo, cabe preguntarse: ¿ese esfuerzo tan grande rindió resultados? O mejor: ¿hay señales que nos permiten tener esperanza en lograr la tan ansiada justicia de calidad?
Si algo tenemos claro es que la justicia no puede valorarse en función del presupuesto aprobado, el número de instalaciones en operación, la cantidad del personal asignado o la proporción de casos con alguna respuesta por parte de las instituciones. Todo eso no es más que insumos o precondiciones para la provisión de un servicio. Justicia de calidad implica, más bien, que las autoridades tomen decisiones basadas en evidencia, sin sesgos ni prejuicios ni en función de presiones externas; que su desempeño cumpla con los más altos estándares de actuación, alineados con las reglas del sistema acusatorio –oralidad, publicidad, contradicción, igualdad entre las partes, entre otras–.
Hablar de justicia de calidad implica también velar por la protección de los derechos de las personas. A quien se acusa de la comisión de un delito se le debe respetar la presunción de inocencia; se le debe garantizar un debido proceso, una defensa efectiva y, en su caso, la posibilidad de restituir el daño ocasionado. Y lo mismo con quien acude al sistema penal como víctima: se le debe garantizar un trato digno, asistencia legal, la posibilidad de participar en el proceso y de acceder a la verdad mediante el esclarecimiento de los hechos.
Llegados aquí hay que hacer una precisión importante. No puede darse una respuesta idéntica a los casos de criminalidad común –robo simple o daño en propiedad ajena– y a los que afectan bienes jurídicos preciados, como la vida o la integridad de las personas –homicidio, feminicidio, violación o desaparición–. Para éstos últimos las autoridades tienen deberes específicos, los cuales, en su mayoría, se encuentran ya descritos en protocolos.
En efecto, la justicia penal prevé respuestas diferentes según las características del caso, las de las personas víctimas o acusadas y el tipo de crímenes cometidos. Esta perspectiva debe evidenciarse en la manera en la que se desarrollan los procesos penales, en la forma en que las autoridades abordan los casos y en la atención que se brinda a las personas que forman parte del proceso penal.
¿Se evidencian o no? Desde México Evalúa emprendimos un Observatorio de Calidad de la Justicia que, a través de audiencias y sentencias judiciales, nos debe permitir diseccionar lo que ocurre cotidianamente en la justicia penal, los avances logrados pero también los pendientes o rezagos específicos. El ejercicio brinda una radiografía completa de la justicia penal en Querétaro y San Luis Potosí, pero está llamado a ser una brújula que oriente sobre lo que está sucediendo en cada etapa del proceso penal, y un instrumento de análisis del desempeño de cada autoridad –fiscalías, jueces, defensorías, asesorías de víctimas–, para todas las entidades. De lo que se trata, finalmente, es de medir la probabilidad de lograr una justicia efectiva.
Invitamos a las personas interesadas a consultar el análisis y sumarse a construir, desde diversos espacios, rutas de acción que permitan materializar una justicia de calidad. La justicia debe ser estudiada y operada en clave de derechos, y la actuación de las autoridades debe servir para garantizarlos, resolver conflictos y permitir el acceso a la verdad, justicia y reparación.