Justicia a la distancia
Por Edna Jaime (@ednajaime) | El Financiero
La justicia a la distancia no es lo mismo que la justicia distante (de lo segundo sabemos mucho los mexicanos, en cualquier tema: lo familiar, lo civil, lo penal…). Al hablar de la justicia a la distancia quiero referirme a aquellos procesos que se pueden dar sin que las partes involucradas estén presentes en un mismo espacio físico. Sí: al mundo virtual en la justicia, que usa la tecnología disponible para permitir que un proceso inicie, fluya y termine a pesar de la distancia física. No sé, estimado lector, si ha escuchado la expresión de que la tecnología “distancia a los que están cerca y acerca a lo que están lejos” —refiriéndose a esa mala práctica de desatender los afectos cercanos por estar pegados al teléfono celular—. Pues bien, la innovación tecnológica en este campo promete acercar a los que están lejos. Porque hay que decirlo: las barreras de acceso a la justicia son de por sí muy altas, y la contingencia las hizo crecer todavía más.
El confinamiento y la suspensión drástica de la mayoría de los servicios de justicia dejaron a miles de personas en el desamparo. Juzgados y tribunales establecieron guardias para seguir ofreciendo el servicio en temas verdaderamente cruciales, violencia contra las mujeres, algunos asuntos penales y también familiares, pensiones y protección para menores, y casos por el estilo. Equis Justicia para las Mujeres, una organización que hace un trabajo estupendo en materia de acceso a la justicia, publicó un reporte muy valioso sobre la atención que dieron distintos poderes judiciales a mujeres en riesgo en medio de la emergencia. La respuesta fue variada. Disfuncional, en términos generales. Vale mucho la pena leer su reporte.
En México Evalúa hemos estudiado a algunos poderes judiciales muy de cerca. Algunos de ellos muy generosamente nos han abierto las puertas para entender cuáles son sus retos, pero también dónde están sus fortalezas. Ese acceso nos permitió conocer esta arista que el confinamiento hizo tan relevante: su grado de avance en el uso de nuevas tecnologías. Cuando la pandemia cerró las puertas de los tribunales y juzgados, el programa de Transparencia en la Justicia de nuestra institución ya tenía documentadas las prácticas innovadoras implantadas en algunos de los poderes estatales. Son contadas todavía, pero con un potencial enorme de multiplicarse y provocar un cambio fundamental.
Por eso decidimos conocer más. Buscar buenas prácticas en el país y en otras partes del mundo para saber dónde están las fronteras en este tema. La información analizada se transformó en una Guía de buenas prácticas en el uso de nuevas tecnologías para la impartición de justicia, misma que presentamos hace apenas unos días.
Yo todavía sigo esperando cosas buenas de esta pandemia, de esta sacudida imprevista que está dejando huellas en nuestras vidas. Espero que desde los contornos del confinamiento se estén gestando transformaciones poderosas.
Hay algunos recursos tecnológicos que son alucinantes. Por ejemplo, en la provincia de British Columbia, en Canadá, identificamos una plataforma de resolución de conflictos en línea. Sí, así como lo oye. Se trata de casos no contenciosos por lo regular, que encuentran en esta plataforma una vía fácil y expedita para resolverse. Eso que para nosotros es casi imposible de imaginar, allá se resuelve dando algunos clics: a través de la plataforma la persona con una querella introduce su caso; en el proceso recibe asesoría, pero también la posibilidad de que la contraparte causante del problema (percibido o real) reciba la queja. En este esquema electrónico existe la posibilidad de llegar a un arreglo entre las partes, lo que puede implicar una disculpa o la reparación del daño, entre otras opciones (una siempre presente es la de acudir a los cauces tradicionales). Las ventajas son muy grandes: se descongestiona el sistema y el conflicto se resuelve con bajo costo para todos los involucrados.
Este esquema tan atractivo tiene sus ‘asegunes’, dependiendo del contexto. En nuestro país el acceso a la justicia por esta vía se vería dificultado por nuestras brechas digitales, que siguen siendo muy amplias. Aquí tocamos un punto sensible: las desigualdades de acceso a derechos se retroalimentan en este país. No obstante, una práctica como la descrita debería motivar el ingenio. Para aquéllos que buscan la innovación en la justicia, aquí tienen una muy buena idea.
Otros ejemplos bien llamativos son las aplicaciones y algoritmos que ayudan a los impartidores de justicia a tomar decisiones. No los suplantan, por supuesto, pero sí pueden ahorrarles costos de información y de transacción, aspectos cruciales cuando sus cargas de trabajo los desbordan. Estas aplicaciones se han utilizado para decidir sobre una medida cautelar, dependiendo del riesgo que implique un imputado. La aplicación puede determinar este riesgo y sustentar la decisión del juez (también puede acotar el margen para una decisión arbitraria). Hay muchas otras modalidades tecnológicas que pueden utilizarse en las distintas etapas de un proceso judicial, desde la activación de una demanda o querella, su procesamiento, hasta la ejecución de las resoluciones judiciales. En la guía encontrarán de todo. También conocerán los múltiples dilemas que la tecnología siempre presenta, sobre todo para que su uso no afecte las garantías procesales de los usuarios.
Yo todavía sigo esperando cosas buenas de esta pandemia, de esta sacudida imprevista que está dejando huellas en nuestras vidas. Espero que desde los contornos del confinamiento se estén gestando transformaciones poderosas. Qué más impactante sería una que acerque la justicia a los que la sienten y tienen lejos. Esto sí que sería una gran transformación.