Desaparición del INAI: no es la primera ni será la última

Por Mariana Campos (@mariana_c_v) | Animal Político

Acabo de leer un exquisito texto de Francis Fukuyuma sobre sus preocupaciones en torno a la situación de la administración pública federal de los Estados Unidos de América. Él considera que uno de los rasgos más destructivos de la Administración Trump fue su constante esfuerzo por politizar y debilitar al servicio profesional de carrera —el sistema de funcionarios que se mantiene estable a pesar de los cambios de gobierno—. En efecto, nunca cesó de reemplazar a funcionarios públicos profesionales por personas evidentemente incompetentes, elegidas sólo para acrecentar la lealtad política al presidente. Por puro egoísmo de Trump, dice Fukuyama.

Son innumerables los episodios de estrategia política y visceralidad en los que es posible ver similitudes entre Trump y AMLO (y, bueno, la era de Trump no acabó nada bien). Ya describimos uno de los más evidentes: la designación de funcionarios políticamente leales, aunque sin las credenciales mínimas para desempeñar su encargo.

Esta inclinación no es nueva en la historia política de México. Pero hoy ya ni se considera si esos perfiles a los que se les otorga el cargo son aptos y si favorecen el cumplimiento del mandato institucional. Recordemos uno de los últimos nombramientos: el de Elvira Concheiro como tesorera de la Federación. Ella no tiene formación ni experiencia profesional en el campo de las finanzas y la economía, pero estará a cargo de administrar la liquidez (6,260 billones de pesos) del Gobierno federal (con el agravante de que las finanzas del Gobierno en estos tiempos son motivo de preocupación extrema, sin recursos en los fondos de estabilización por primera vez después de 18 años y con una debilidad acentuada en los ingresos públicos, especialmente en los petroleros). Lamentablemente, algo similar ha sucedido en el nombramiento de la titular de la CNDH, los comisionados de la CRE, etcétera.

Con idéntico método, lo que AMLO obtendrá al desaparecer al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y mudar la tutela del derecho al acceso a la información pública gubernamental a la Secretaría de la Función Pública (SFP) es control político. Podrá nombrar a la Elvira Concheiro de la transparencia.

Esto, cuidado, supondría un fuerte golpe a la democracia mexicana y a los esfuerzos que desde la sociedad civil y un grupo diverso de políticos (incluidos distinguidos miembros de la 4T) se han hecho a los largo de tres décadas para la edificación de un Estado moderno.Déjenme explicarles por qué. Vale la pena que se tomen unos minutos… Nuestro derecho a informarnos está bajo amenaza.

El derecho de acceso a la información es un derecho humano. Está consagrado en el artículo sexto de la Constitución mexicana. En la práctica, si la tutela de este derecho queda en manos de la administración en turno, puede que ciudadanos y periodistas ya NO puedan acceder a la información gubernamental. Por lo menos no a toda.

La SFP no es una institución con autonomía del Gobierno federal, ni tiene un récord de actuación ejemplar. Recibe ‘línea’ del presidente, como ha sucedido en ésta y en todas las administraciones anteriores. De hecho, lo que se propone hoy ya se probó de cierta manera. Recordemos que el INAI fue, en su primera concepción, el IFAI, un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, y precisamente por su falta de autonomía en 2014 y 2015 muchos ciudadanos y una pluralidad de políticos exigimos el nacimiento de un órgano autónomo.

Esa evolución impulsó la demanda de información gubernamental. Hoy, los ciudadanos cada vez piden más información al INAI… porque la obtienen. Solicitan información para asuntos relacionados con su salud y educación, o para conocer, en general, sobre los servicios y el gasto públicos, y diversas actividades gubernamentales.

La demanda anual promedio (medida en solicitudes de información) aumentó cerca de 400% cuando el IFAI se convirtió en un órgano autónomo. De 2003 a 2014, la demanda anual promedio de información gubernamental fue de 78 mil solicitudes de información. De 2015 a 2020, ésta aumentó a 373 mil. Nadie dedica tiempo a un proceso inservible. Esto es un resultado que sugiere efectividad.

Por otro lado, el crecimiento en la demanda de información ha generado una presión democrática que exige, por así decirlo, una “buena condición física” de los entes públicos obligados a responder. Ojo: parece que a la 4T en este sentido está un tanto fuera de forma, y le cuesta dar información. Llama la atención que en 2020 aumentaron los recursos de revisión[1] en relación con las solicitudes presentadas.

En suma, si se pierde la autonomía preocupa especialmente el acceso a aquella información que sustenta los democráticos cuestionamientos al desempeño del Gobierno actual o que permite sacar a la luz los posibles actos de corrupción de sus funcionarios. De esta forma se limitará un insumo esencial para que los ciudadanos puedan participar en la vida pública con opiniones informadas, se dificultará el ejercicio de la oposición política y, finalmente, se fortalecerán los cimientos de un Estado autoritario.

Así de grave es.

No le pidan peras al patronazgo

Hay que insistir: los cargos de la administración central —secretarías de Estado del Gobierno federal— hoy no son ‘ocupados’ por un servicio profesional de carrera. Por esa razón una SFP encargada de las funciones del INAI tendría graves implicaciones. El conflicto de interés en el que caerían los funcionarios a la hora de otorgar a los ciudadanos acceso a la información gubernamental sería sólo el punto de partida.

El mismo Francis Fukuyama nos recuerda que las élites en la mayoría de la sociedades tienden a recurrir a redes de familiares y amigos para estructurar sus organizaciones. Algo natural, pero que un Estado moderno debe atender. En México, los cargos de la administración central son ‘otorgados’ por los secretarios y/o el presidente de la República de manera discrecional a personas que forman parte de estas redes informales, a veces sin ningún tipo de filtro competitivo o de méritos. Ellos dan el cargo y ellos lo quitan. A esto se le llama modelo de patronazgo.

Entonces, en nuestro país, cuando un partido político gana las elecciones, elige a la gran mayoría de sus empleados públicos con el fin de implementar su programa electoral (modelo clientelar). Este esquema de designación de funcionarios facilita dicha tarea, ya que permite al gobierno en turno contar con la lealtad y apoyo ‘por default’ de los empleados públicos. ¿Y si éstos ‘no responden’? Es tan fácil como despedirlos y contratar de nuevo hasta conseguir la lealtad deseada.

El gran problema del modelo de patronazgo y/o clientelar es que el mandato de las instituciones es fácilmente vulnerado. Pasa a segundo plano. Los programas electorales pueden no convenir a los fines de dichos mandatos; además, los servicios públicos y los derechos ciudadanos son tutelados por una administración politizada y poco experta. Esto merma el desempeño de las instituciones y dificulta la implementación de políticas públicas más complejas, que requieren más de un sexenio para empezar a operar. A la larga, los Estados que se administran con estas reglas del juego suelen ser poco eficaces y eficientes; son débiles y mediocres en sus capacidades. Por eso se consideran premodernos. En México, los excesos del Estado premoderno han dado pie a varios males: el autoritarismo del siglo pasado y la corrupción, entre ellos.

Caso hipotético: en plena campaña electoral un periodista solicita a través de la SFP información sobre un contrato que celebró indebidamente la Presidencia de la República. ¿Se otorgaría la información? Lo más seguro es que no. Es muy sencillo: el costo de otorgarla sería muy alto; se erosionaría la credibilidad de la Presidencia en un momento electoral, especialmente en el caso de un partido político que depende demasiado del carisma del presidente. Lo fácil, para un funcionario que tutela el derecho de acceso y es leal al presidente, sería reservar dicha información. Aquél que no sea leal puede ser despedido. Así son las reglas del sistema de patronazgo. Así están puestos los incentivos.

En cambio, no es fácil despedir a los consejeros del INAI, y ya varios gobiernos han perdido credibilidad por información que se publica al amparo del instituto. Sólo recuerden lo que le costó al PRI la Estafa Maestra, y ningún consejero fue despedido.

Por desgracia, construir un modelo de administración pública basado en el mérito es un proceso muy largo, que a los países desarrollados o Estados modernos les ha tomado casi dos siglos. En México, se buscó contrarrestar los efectos nocivos del modelo premoderno con los organismos autónomos. Se buscó desconcentrar funciones para reducir el poder de los presidentes; evitar en lo posible que dieran y quitaran el hueso a su conveniencia. Que las reglas del juego no se diseñaran y operaran para sus propios fines. Se buscó la construcción de un Estado moderno al menos en algunas funciones, reguladas con mejores prácticas internacionales, y a través de la designación de funcionarios con un perfil apto para desempeñarlas. Se intentó que el mérito, la formación y la experiencia fueran aspectos primordiales en la designación de los responsables; que se desempeñaran durante un término predefinido, no asociado a la duración del sexenio, y también que se regularan las causas de su posible remoción.

Desde luego no todo lo que se buscó se consiguió; desde luego que estos organismos son mejorables. Los organismos autónomos deben evolucionar para mejorar. Entre las demandas más sensibles está lo que cuestan al erario, un tema reiterado en la opinión pública desde hace tiempo. Sí, debe evaluarse su diseño, operación y financiamiento, pero la desaparición del INAI no está buscando el ahorro ni la mejora, sino todo lo contrario: un retroceso que nos alejará de la legítima aspiración a un Estado moderno.

Veamos: el presupuesto de los organismos autónomos representa el 2.3% del presupuesto total del Gobierno federal para este año. El presupuesto del INAI abarca una ínfima parte: sólo 0.01%. La desaparición del instituto no resolverá la falta de ingresos públicos, ni cambiará las condiciones presupuestales del Gobierno federal. En cambio, su cierre y la implementación de la tutela en la SFP sí generará gastos extra.

¿El efecto factible? El Gobierno federal obtendrá mayor poder, contará con más funcionarios leales (a costa de la efectividad institucional) y dificultará la labor de la crítica opositora. Lamentablemente, esto pone en juego el cumplimiento de los derechos ciudadanos.

Creo que la construcción de un servicio civil de carrera profesional y sólido debe ser la prioridad en la era post-AMLO. No es posible seguir implementado políticas públicas en medio de una administración tan expuesta a los antojos presidenciales o a los intereses políticos del momento. Un puñado de organismos autónomos (que, para colmo, son vulnerables cuando el Congreso es sólo una oficina más del presidente) es insuficiente para edificar un Estado moderno. Como dice Fukiyama, el servicio civil de carrera es un must para aspirar a una democracia liberal y moderna. Mientras eso sucede, debemos hacer frente a esta embestida. No es la primera ni será la última.


[1] De acuerdo con el Artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el solicitante podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante el organismo garante que corresponda o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación. El Artículo 143 de la misma Ley establece que  el recurso es pertinente ante la clasificación de la información; II. La declaración de inexistencia de información; III. La declaración de incompetencia por el sujeto obligado; IV. La entrega de información incompleta; V. La entrega de información que no corresponda con lo solicitado; VI. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos en la ley; VII. La notificación, entrega o puesta a disposición de información en una modalidad o formato distinto al solicitado; VIII. La entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante; IX. Los costos o tiempos de entrega de la información; X. La falta de trámite a una solicitud; XI. La negativa a permitir la consulta directa de la información; XII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación en la respuesta, o XIII. La orientación a un trámite específico.