Absoluciones en juicio oral: fallas en el sistema

Si hay más sentencias absolutorias que condenatorias es señal de que algo está fallando gravemente en la procuración de justicia.

Por Susana Camacho (@susanacamachomexeva) y Diego Labougle | Programa de Justicia
Publicado en: El Sol de México

Uno de los indicadores que más nos llama la atención en el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2025 del INEGI es el bajo número de casos que llegan a juicio oral. Más llamativo aún es el sentido de las sentencias alcanzadas por esta vía en algunas entidades federativas, lo que se conoce como “tasa de condena en juicio oral”. La métrica es importante porque si hay más sentencias absolutorias que condenatorias es señal de que algo está fallando gravemente en la procuración de justicia.

Cuando las Fiscalías pierden los casos

Otra forma de entender por qué esto constituye una alerta sobre nuestro sistema es a partir de los incentivos que debería generar un sistema de carácter acusatorio. En este tipo de procesos penales, la contradicción de pruebas y argumentos de fiscales y defensores debería elevar la capacidad de presentar pruebas de las partes. Es decir, las Fiscalías deben valorar la fortaleza de las pruebas de un caso hasta el juicio oral. Si el caso es débil en pruebas, la Fiscalía puede optar por otras salidas procesales; pero si el caso es fuerte —al grado de tener la confianza de llevarlo a juicio oral—, es porque espera obtener un fallo condenatorio. Ante esto, el incentivo para las defensas privadas o públicas es negociar otras salidas antes de arriesgarse a un juicio oral. Pero si las fiscalías pierden la mayoría de los casos con sentencias absolutorias, entonces ese incentivo desaparece.

De hecho, los juicios orales son la salida más costosa para el Estado. Implica llevar por todas sus etapas y por más tiempo los procesos penales. Implica invertir en fiscales, investigadores, peritos, defensores, jueces, salas de audiencias y medidas cautelares, por mencionar algunos. Además, en caso de existir víctimas, no hay quien se haga cargo de su reparación y desgaste durante el proceso penal.

Por ello, en los países que tienen mayor experiencia en este tipo de sistemas, son pocos los casos que llegan a juicio oral. Normalmente, los procesos se encaminan a encontrar salidas anticipadas antes de llegar a un juicio. Eso sí, una vez que un caso llega a esta instancia, las fiscalías tienen altas probabilidades de obtener condenas. 

Adelantando uno de los resultados que se presentarán en el estudio Radiografía del sistema de justicia penal de México Evalúa, identificamos que los estados del país con las tasas de condena en juicio oral más bajas son: Quintana Roo con 16.67% (dos condenatorias y 10 absolutorias de 12 sentencias en juicio oral); Durango con 20% (dos condenatorias y ocho absolutorias de 10 sentencias en juicio oral); Campeche con 23.08% (tres condenatorias y 10 absolutorias de un total de 13 sentencias), Michoacán con 43.19% (168 condenatorias y 221 absolutorias de 389 sentencias en Juicio Oral, y Morelos con 48.60% (52 condenatorias, 54 absolutorias y una mixta de un total de 107 sentencias).

En estas cinco entidades las defensas saben que —contrario a como debería de ser— es muy probable que le ganen a las fiscalías si su caso llega a juicio oral.

¿Cuáles son las fallas en el sistema?

¿Por qué pasa esto y cómo se puede arreglar? Es difícil identificar la falla sólo con datos cuantitativos, pero algunas posibles hipótesis son:

Abuso de la prisión preventiva como pena anticipada. En algunas entidades los fiscales reciben la instrucción de sus superiores de llevar ciertos casos a juicio y alargarlos al máximo para tener a las personas imputadas el mayor tiempo posible en prisión preventiva (oficiosa o justificada). Son casos que saben desde el principio que no podrán ganar, pero usan la medida cautelar como una forma de castigo anticipado, logrando que las personas pasen años en prisión, aunque no tengan evidencias suficientes para alcanzar una sentencia condenatoria. Esta es una más de las razones para eliminar la prisión preventiva oficiosa del derecho mexicano.

Falta de litigación estratégica. Un fiscal con experiencia sabe que es mejor usar la justicia alternativa y las salidas anticipadas del proceso penal y utilizar sólo en casos estratégicos el juicio oral. También debería saber que si llevan un caso a juicio oral es porque deberían ganarlo de forma contundente.

Investigaciones deficientes por incentivos perversos. En muchas fiscalías estatales continúan con los modelos de investigación del sistema inquisitivo mixto en el que había un Ministerio Público integrador (de carpetas; antes, averiguaciones previas) y un Ministerio Público litigante (antes, adscritos a juzgados). Así, los “integradores” se enfocan sólo en armar expedientes para vincular a proceso; pero se desentienden de los resultados del caso para las siguientes etapas, como la acusación y la decisión de ir o no a juicio oral. Entonces investigan sólo para vincular, no para sentenciar, que es más difícil porque tiene estándares más altos de prueba.

Por su parte, cuando el Ministerio Público litigante recibe el caso, no tiene tiempo para investigar más, presenta la acusación con lo que tiene. Si su caso llega a juicio, tendrá múltiples deficiencias. Esta es otra de las razones por las que cada caso debería tener un solo fiscal o Ministerio Público responsable que lleve la investigación hasta sus últimas consecuencias.

Rotación del personal y sus efectos en la litigación de casos. La rotación de personal al interior de las fiscalías y carencia de un sistema de servicio de carrera profesional real debilita las posibilidades de las fiscalías de contra con personal que mejore en sus capacidades de litigación. 

¿Qué se debe de hacer en materia de justicia penal?

Quintana Roo, Durango, Campeche, Michoacán y Morelos deberían hacer un análisis de por qué perdieron tantos casos en juicio oral y cómo prevenirlo en el futuro. La misma recomendación se dirige a la Fiscalía General de la República que, de acuerdo con datos del mismo Censo, reporta tener un 30% de sentencias absolutorias, lo cual para delitos de carácter federal es aún más grave. Por otra parte, también advertimos casos como Colima y Oaxaca que reportaron no tener ni una sentencia en juicio oral durante 2024 lo cual también debe ser motivo de análisis. 

Es importante seguir evaluando la justicia penal en las entidades federativas. La nueva Fiscal General, Ernestina Godoy, presentó el 15 de diciembre como parte de sus ejes de trabajo “fortalecer a las fiscalías estatales” desde la FGR. Esperemos que en ese esfuerzo estratégico se ponga la mirada en este tipo de indicadores, para definir políticas al interior de todas las fiscalías que las hagan litigar mejor y disminuir la impunidad.