Gertz, año 4: sin FGR ni estrategia contra delitos complejos
Por Alejandra Hernández (@_alehg) y Chrístel Rosales (@Chris_Ros) | Animal Político
La detención de Ovidio Guzmán, acontecida el pasado 5 de enero, suscita toda clase de preguntas sobre la eficacia de la justicia penal y la persecución federal por casos relacionados con delitos contra la salud. Específicamente, obliga a realizar un balance de la justicia federal tras cuatro años perdidos bajo la gestión de Alejandro Gertz Manero al frente de la Fiscalía General de la República (FGR). Sin olvidar una especie de telón de fondo: ¿está México preparado para atender los compromisos y expectativas que en esta materia fueron asumidos en la Cumbre de líderes de Norteamérica?
Nuestra primera observación, a partir del trabajo que realizamos desde México Evalúa, es que el enfoque prohibicionista que guía la actual política de seguridad en materia de drogas no se ha traducido en otra cosa que una carga importante para el sistema de justicia penal. Los delitos contra la salud forman parte del ‘catálogo’ que más frecuentemente provoca la apertura de carpetas de investigación por parte de la FGR. De acuerdo con los datos del Inegi[1], durante 2021 los delitos contra la salud, especialmente en sus modalidades de posesión, tráfico y transporte, representaron el tercer tipo de los mayormente registrados en las investigaciones de la FGR: un 12% del total. Son superados en volumen únicamente por los delitos relacionados con portación de armas (23%) y los delitos patrimoniales en sus distintas variantes de robo (21%).
Los casos relacionados con drogas no sólo representan un alto volumen en cuanto a investigaciones iniciadas; también se reflejan en los esfuerzos de la Fiscalía para llevar los casos a tribunales. De acuerdo con información proporcionada por el Consejo de la Judicatura Federal[2], el 41% de los delitos en los que se logró la vinculación a proceso al cierre de 2021 correspondió a portación, tráfico o acopio de armas, pero el segundo lugar, con un 15%, fue representado por casos relacionados con narcomenudeo.
Estos datos adquieren especial relevancia cuando observamos a una FGR replegada: que se niega a abrir investigaciones de forma proactiva y a cooperar con otras instituciones en estrategias conjuntas, y que ha optado por disminuir su cantidad de investigaciones y dar carpetazo a las que tiene. La FGR, bajo la conducción de Gertz, ha reducido la apertura de investigaciones en un 31.2%, al pasar de 112,917 investigaciones anuales al inicio de 2019 (con un promedio diario de 309) a 77,693 para 2021 (con un promedio diario de 212). Asimismo, ha optado por cancelar las investigaciones que tiene abiertas sin un análisis real de los delitos, lo que puede dejarlos impunes. Del 47.2% de investigaciones que recibieron una determinación de la FGR en 2021, 76% concluyeron con el no ejercicio de la acción penal, 12% mediante el archivo temporal y 7% por incompetencia. El porcentaje de acuerdos reparatorios alcanzados es ínfimo (0.8%), al igual que el de criterios de oportunidad otorgados (0.2%).
A la vista de lo anterior, no sorprende la tendencia al alza de los niveles de impunidad en el ámbito federal. El Índice de Impunidad federal[3] para 2021 alcanzó el 96.1%, cifra superior a la de 2020 y 2019, que se ubicaba en 95.6% y 95.1%, respectivamente. Esto implica que sólo el 3.9% de los casos conocidos por las autoridades en el ámbito federal recibieron alguna respuesta efectiva, ya sea en términos de judicialización con una sentencia o bien de una salida alterna o anticipada. Ojo, por el tipo de delitos judicializados, esa baja proporción de casos ´resueltos´ no abarca aquéllos con un alto impacto social, relacionados con violaciones graves de derechos humanos ni en los que hubo participación de grupos criminales y/o agentes del Estado.
Nuestra segunda observación es que la procuración de justicia en relación con los delitos contra la salud no es el producto del despliegue de grandes esfuerzos de investigación acompañados de recolección y procesamiento de datos de inteligencia, ni con estrategias de litigio más sofisticadas. Tras procesar datos provenientes del Consejo de la Judicatura Federal, concluimos que el 94.1% de las personas imputadas por delitos federales contra la salud a lo largo de 2021 fueron conducidas al proceso mediante la flagrancia, es decir, nueve de cada 10. Sólo 4.8% fueron conducidas al proceso a través de una orden de aprehensión, y una proporción ínfima por comparecencia y citatorio (0.6%), como se aprecia en la siguiente gráfica. Ello pone en evidencia las limitadas capacidades para realizar investigaciones complejas, así como la gran atención que prestan las autoridades a conductas delictivas vinculadas a casos de menor relevancia o a criminalidad de calle: un accionar puramente reactivo.
Esta apreciación se mantiene para la totalidad de casos que son conocidos y procesados por la FGR, en donde siete de cada 10 personas imputadas fueron conducidas al proceso mediante flagrancia, lo que pone de manifiesto la flagrantedependencia de la justicia federal y las deficientes capacidades investigativas. De hecho, a raíz de la participación de la Guardia Nacional, el Ejército y la Marina en labores de seguridad pública, es imperioso analizar la proporción de detenciones en flagrancia calificadas como ilegales por jueces de control, que en el ámbito federal representaron nueve de cada 10. Esto implica que rutinariamente la FGR ratifica como ilegales las detenciones que realizan estas corporaciones, para luego intentar judicializar los casos… sin éxito.
Nuestra tercera observación es que las detenciones de líderes de grupos delincuenciales no son el resultado de la implementación de una política de persecución estratégica. Como diversos analistas han apuntado, la política actual es la misma que se ha tenido por años: el descabezamiento de los grupos delictivos. Pero ¿cuál es la racionalidad detrás de detenciones como la de Ovidio Guzmán y otros? ¿Cómo se inserta la persecución de delitos contra la salud en un plan de persecución penal más amplio? ¿Hasta qué punto estas detenciones son resultado de la coordinación interinstitucional?
La política de persecución de facto que lleva a cabo la FGR se enfoca en casos de baja escala, a partir de detenciones en flagrancia o de forma reactiva, sin basarse en un trabajo de análisis criminal previo, sin irrumpir en mercados y estructuras criminales, sin afectar sus flujos de activos, ni mucho menos analizar fenómenos complejos que representarían un combate frontal a los grupos delictivos, todo lo cual se esperaría de una Fiscalía federal.
Y es que, recordemos, la FGR carece de una estrategia institucional con objetivos, metas y prioridades claras. El Plan Estratégico de Procuración de Justicia no ha sido expedido aún por el fiscal general, pese a que debió hacerlo a más tardar en mayo de 2022[4]. La falta de este instrumento programático es una muestra clara de negligencia por parte del actual titular, y menoscaba significativamente la operación y resultados de la procuración de justicia federal. A la falta de esta política institucional se suma el hecho inconcebible de que la Fiscalía no ha cambiado en nada su operación cotidiana; es decir, su paso de PGR a FGR no alteró su toma de decisiones, canalización de casos y forma de resolución. En su respuesta a una solicitud de información que le enviamos la propia institución lo confirma: continúa operando con el Modelo de Gestión Tipo[5] que fue implementado por la extinta PGR a partir de febrero de 2016.
Éste es el saldo, entre otros aspectos, del cuarto aniversario de la gestión de Gertz Manero. Y esta realidad es la que se opone a la reciente Cumbre de Líderes de Norteamérica (en la que, por cierto, brilló por su ausencia el fiscal general de la República, entre trascendidos que apuntaban, y no han dejado de apuntar, a indisposición causada por enfermedad), y en la que se hicieron explícitas demandas por mejorar el combate al fentanilo y las metanfetaminas. Razones suficientes para exigir al Senado de la República que abandone su actitud omisa frente a la caída en picada de la justicia federal y llame a comparecer y a rendir cuentas al titular de la FGR.
Pero más allá de los compromisos que el Gobierno federal asumió con sus pares, es preciso señalarle una y otra vez qué tan lejos está de una transformación real de la justicia federal. El fiscal general abandonó esa misión, pero las mexicanas y mexicanos no podemos darnos ese lujo.
[1] Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal, Inegi. Publicado en diciembre de 2022 y actualizado en enero de 2023, datos correspondientes al ejercicio 2021.
[2] México Evalúa, Hallazgos 2021. Evaluación del Sistema de Justicia Penal en México, publicado en octubre de 2022 con datos correspondientes al ejercicio 2021. https://www.mexicoevalua.org/hallazgos-2021-evaluacion-del-sistema-de-justicia-penal-en-mexico/
[3] Este cálculo lo realizamos, siguiendo nuestra metodología habitual de Hallazgos, con datos del Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal 2022, Inegi, publicados entre diciembre de 2022 y enero de 2023. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/cnpj/2022/
[4] Ley de la Fiscalía General de la República, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, D.O.F., el 20 de mayo de 2021 (Artículo Transitorio Décimo Segundo)
[5] En respuesta a una solicitud de acceso a la información pública con folio 330024622001472, elaborada por México Evalúa y respondida por la FGR en junio de 2022.