Transparencia en los poderes judiciales: ¿otra víctima de la contingencia?
Por Laurence Pantin (@lpantin) | Animal Político
Frente a un escenario inédito y ante la falta de protocolos previstos para una situación como la que representa la pandemia de Covid-19, los poderes judiciales estatales han respondido de muy diversas maneras, tanto en los servicios que decidieron seguir ofreciendo como en la manera de manejar la transparencia y la rendición de cuentas.
A continuación hacemos un mapeo de tal pluralidad de respuestas, con base en un análisis de la información publicada en los sitios de internet de los poderes judiciales locales y, en ocasiones, en sus redes sociales[1].
Los servicios esenciales, los urgentes… y los fundamentales
Recordemos que el pasado 31 de marzo la Secretaría de Salud definió la impartición de justicia como una actividad esencial, que debía mantenerse pese a la contingencia. Sin embargo, no se precisó en qué consisten los servicios mínimos que deben ofrecer los poderes judiciales.
Por supuesto, éstos están acostumbrados a realizar guardias para brindar los servicios más importantes y urgentes cuando se presentan días feriados o durante los periodos vacacionales. Sin embargo, nunca se había planteado una situación en la cual tuvieran que suspender sus labores por un lapso tan largo. Seguramente, en un inicio varios integrantes de estos poderes pensaron que la suspensión de actividades duraría poco tiempo, como fue el caso en 2009, cuando el Consejo de la Judicatura Federal y el capitalino decidieron suspender sus términos y labores durante un puñado de días.
Eso podría explicar por qué hemos observado distintas etapas en las respuestas a la contingencia. Los primeros poderes judiciales locales que tomaron medidas optaron por cerrar la atención al público en parte de o en todos sus órganos y, a veces, por suspender términos procesales, pero no sus labores.
Así, en Colima, por ejemplo, el 16 de marzo el Poder Judicial suspendió la atención al público y los plazos procesales, con excepciones en materia penal y familiar. Pero modificó su postura dos días después y suspendió labores, previendo las mismas excepciones. En Nuevo León, el 17 de marzo el Poder Judicial acordó seguir con las labores, privilegiando en la medida de lo posible el teletrabajo y la atención al público a la distancia. Sin embargo, el mismo día rectificó y suspendió labores, aunque previó excepciones para tratar asuntos urgentes en todas las materias, no solamente en materia penal y familiar, como lo hicieron los demás poderes judiciales locales. El 17 de marzo, el Poder Judicial de Tlaxcala delineó medidas de prevención y distanciamiento, privilegiando el teletrabajo en la medida de lo posible, pero esperó al 30 de marzo[2] para decretar la suspensión de labores.
Otros poderes judiciales, como los de Oaxaca y Yucatán, que solamente habían interrumpido la atención al público en un inicio, optaron finalmente por suspender las actuaciones jurisdiccionales en sede judicial, pero pidieron a sus trabajadores seguir trabajando desde casa para evitar el rezago. Finalmente, está el caso del Poder Judicial de Quintana Roo, que suspendió la atención al público y los plazos procesales, pero no ha interrumpido las labores hasta ahora.
En un segundo momento, cuando el Poder Judicial Federal anunció el 17 de marzo que suspendía los plazos y sus labores –salvo en algunos órganos jurisdiccionales para atender asuntos urgentes en materia penal y de amparos–, la gran mayoría de los poderes estatales siguió el mismo camino, y redujo al mínimo los servicios que ofrecía. En casi todos los estados, los poderes judiciales dejaron guardias en materia penal y familiar, pero algunos olvidaron mantener abiertos servicios fundamentales para preservar la seguridad, integridad o derechos fundamentales de mujeres, menores de edad o personas con discapacidad, como lo señalaron muy oportunamente la organización EQUIS Justicia para las Mujeres o la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. Hubo rectificaciones.
Nos encontramos ahora en un tercer momento, donde, además de tener que ampliar los plazos originalmente previstos para estas suspensiones de actividades[3], algunos poderes judiciales están intentando abrir nuevamente el abanico de servicios que ofrecen. Por ejemplo, el Poder Judicial del Estado de México anunció el pasado 14 de abril, mediante un comunicado y un video de su presidente, el magistrado Ricardo Sodi Cuéllar, que busca la manera de restablecer, gradualmente y mediante herramientas tecnológicas la mayoría de los servicios que ofrece normalmente También es el caso del de Nuevo León, que publicó lineamientos en este sentido el 22 de abril.. Eso es posible porque desde hace varios años estas instituciones han apostado por desarrollar soluciones tecnológicas novedosas. Otros poderes judiciales también exploran cómo reanudar con la mayor parte de sus servicios. Sin embargo, los que no han podido desarrollar el uso de nuevas tecnologías enfrentarán mayores retos.
¿Dónde queda la rendición de cuentas?
Esta adopción diferenciada de medidas no ha tocado sólo a la prestación de servicios, sino también a la vigilancia y rendición de cuentas de los órganos jurisdiccionales.
La mayoría de los poderes judiciales suspendieron las labores administrativas, además de las jurisdiccionales, por lo que se entiende que las tareas de visitaduría se hayan suspendido. De hecho, dos poderes judiciales (el federal y el de Campeche) mencionaron específicamente que, durante la suspensión de actividades, también quedan suspendidas las visitas ordinarias. Lógico: ya que buena parte de los juzgados trabaja con guardias reducidas o a la distancia –los que trabajan–, no tiene sentido realizar visitas ordinarias en ese contexto.
Los retos de las circunstancias actuales requerirían de un análisis más cualitativo, para saber, por ejemplo, si las personas que acuden a los poderes judiciales por ser víctimas de violencia familiar reciben efectivamente la atención adecuada.
Sin embargo, en este momento más que nunca se requiere que los servicios ofrecidos –por ser prioritarios, por tener un impacto potencial muy importante sobre la integridad, seguridad, libertad y derechos fundamentales de las personas y por desarrollarse en circunstancias extraordinarias y en gran medida no previstas– cuenten con la supervisión y guía de las autoridades encargadas de la visitaduría –cuando ésta existe– o de quien se encargue normalmente de realizar estas tareas. Desafortunadamente, un solo poder judicial, el de Chiapas, previó medidas al respecto[4].
Esto tampoco significa que no se hayan implementado ciertas medidas de supervisión en otros poderes judiciales.
Si bien los poderes judiciales federal y de Campeche también suspendieron explícitamente los plazos para que los órganos jurisdiccionales rindieran informes, otros han adoptado la medida inversa, al solicitar expresamente a los juzgados de guardia informes sobre las actividades realizadas durante la contingencia. En el Poder Judicial de Baja California, el informe deberá ser presentado la semana de regreso a las actividades, lo mismo que en el de Baja California Sur, donde además se establece que servirá de base para la evaluación de los funcionarios, mientras que en el de la Ciudad de México se solicita un reporte al finalizar cada guardia. En Colima y Oaxaca se pide a cada juzgado llevar a cabo un registro estadístico de las acciones que llevó a cabo, sin precisar regularidad o fecha de entrega.
El Poder Judicial de Coahuila menciona a su vez que se evaluará el seguimiento de las labores durante la contingencia mediante informes estadísticos y administrativos. Por su parte, en un video el magistrado Sodi Cuéllar, del Estado de México, asegura que con base en la estadística de servicios requeridos durante la contingencia se ha reducido el número de funcionarios judiciales de guardia.
Todas estas menciones dan a pensar que las más altas autoridades judiciales ejercen cierta vigilancia sobre el trabajo que realizan los órganos jurisdiccionales en estos momentos. Sin embargo, ésta parece centrarse, como muchas veces lo hacen las visitadurías en tiempo normal, en aspectos cuantitativos. Los retos de las circunstancias actuales requerirían de un análisis más cualitativo, para saber, por ejemplo, si las personas que acuden a los poderes judiciales por ser víctimas de violencia familiar o con necesidad de solicitar una pensión alimenticia provisional –asuntos que son considerados como urgentes por la mayoría de los poderes judiciales– reciben efectivamente la atención adecuada. De la misma manera, las audiencias, en particular penales, que se están realizando por videoconferencia presentan retos en materia de inmediación y derecho a la defensa. Sería deseable que las autoridades judiciales responsables vigilaran que éstas se desarrollaran de manera tal que el debido proceso y los derechos fundamentales de las personas involucradas quedaran garantizados.
Transparencia, más necesaria que nunca
Aunque la transparencia también es más necesaria que nunca, ésta experimenta ‘nudos’ particulares. Con respecto a las audiencias penales, si bien la ley prevé que deben permitir el acceso al público, desde que inició la contingencia en todos los poderes judiciales este acceso se ha restringido para las audiencias que siguen desarrollándose físicamente. Esta decisión es lógica, pues busca proteger la salud de las partes y funcionarios judiciales. Ahora bien, cuando han implementado audiencias por videoconferencia, los poderes judiciales también previeron que serían privadas. Si bien se puede argumentar que abrirlas podría representar una afectación para las partes, el hecho de que esta nueva modalidad de audiencias no pueda contar con escrutinio público también representa algunos riesgos, pues es imposible saber si se llevan a cabo adecuadamente. Sería necesaria cierta creatividad para permitir este escrutinio[5].
Así actuó el Poder Judicial de Nuevo León, cuando cerró las sesiones del pleno de su tribunal superior al público pero previó la publicación de las versiones estenográficas de éstas en su portal. De la misma manera, es de celebrarse que las sesiones virtuales de la SCJN o del tribunal superior de justicia de Coahuila cuenten con transmisión.
Más allá de las audiencias y sesiones de pleno, es notable que, dentro de las medidas que tomó ante la contingencia, el Poder Judicial de Yucatán haya previsto que “los procedimientos en materia de transparencia y protección de datos personales se tramitar[ía]n de manera ordinaria”. En contraste, de acuerdo con la revisión que realizamos, el resto de los poderes judiciales no se pronunció sobre el tema, salvo los de Baja California Sur y el de Oaxaca, los cuales precisaron que se suspendían los plazos en sus unidades de Transparencia.
Ahora bien, quizás la razón por la cual muchos poderes judiciales no se pronunciaron es porque tanto el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información, y Protección de Datos Personales (INAI) como casi todos los institutos de transparencia estatales suspendieron los plazos y términos para todos los trámites y procedimientos previstos en las leyes de transparencia y acceso a la información, entre los que se incluyen las solicitudes de acceso a la información a los sujetos obligados[6]. De hecho, el único instituto de transparencia estatal que no suspendió estos plazos para las instituciones que siguen laborando es el de Yucatán[7].
Ahora bien, aunque se suspendieron las obligaciones de transparencia de los poderes judiciales –salvo en Yucatán–, es interesante resaltar los ejercicios de transparencia proactiva o de comunicación que algunos han emprendido.
Destacan los Poderes Judiciales que, además de dar a conocer los acuerdos que contienen las decisiones que han tomado para hacer frente a la contingencia, han publicado comunicados[8], videos[9], mensajes[10], avisos con datos de contacto e infografías, para informar, de manera más sencilla y cercana a la ciudadanía, sobre los servicios que siguen ofreciendo y demás medidas implementadas.
De hecho, algunos poderes judiciales incluso han habilitado micrositios (la Suprema Corte, Campeche y el Estado de México), pestañas (Chiapas) o pop-ups (Baja California Sur, Guanajuato, Hidalgo o Nuevo León) dedicados a informar sobre su respuesta ante la contingencia.
En especial, vale la pena resaltar el video y comunicado en lengua maya publicados por el Poder Judicial de Yucatán para dar a conocer los servicios que se siguen ofreciendo y la manera de acceder a ellos durante la contingencia. O el comunicado y la infografía que difundió el 2 de abril el Poder Judicial de Aguascalientes, donde daba a conocer el número de audiencias desahogadas, de órdenes de cateo y de aprehensión concedidas y de sentencias dictadas desde el inicio de la suspensión de labores.
Con todo, todavía estamos lejos de los esfuerzos realizados por el Poder Judicial en Brasil, que lanzó una plataforma donde reporta
las cifras actualizadas de sentencias, acuerdos y otras decisiones judiciales
tomadas bajo el régimen de teletrabajo implementado en respuesta al Covid-19, así
como los recursos invertidos para combatirlo, pero el esfuerzo va en el mismo
sentido.
Queda
claro que los efectos del Covid-19 eran imprevisibles, por lo tanto, las
medidas que se toman para hacerle frente, en los poderes judiciales como en
cualquier otra institución, tienen que crearse casi de cero y adaptarse en la
medida en que va desarrollándose. Y si bien se entiende que la transparencia y
rendición de cuentas puedan parecer poco prioritarias y prescindibles, resultan
en realidad fundamentales para asegurar una adecuada impartición de justicia.
Algunos poderes judiciales más que otros han entendido lo que está en juego.
[1] Este análisis se realizó entre el 6 y el 22 de abril de 2020.
[2] Este acuerdo ya no aparece en el sitio web del Poder Judicial.
[3] Solamente el Poder Judicial de Sonora estableció que las medidas se aplicarían hasta nuevo aviso.
[4] En un acuerdo del 16 de abril, que amplía el periodo de suspensión de actividades originalmente previsto, el Consejo de la Judicatura establece que “en aras de trabajar de manera transparente y firmemente en el combate a la corrupción, este Órgano de Control administrativo determina la necesidad de habilitar a la Visitaduría Judicial, así como a las Comisiones de Disciplina y Vigilancia, a fin de que puedan actuar en el ámbito de sus competencias y conforme a sus atribuciones y facultades […], durante todo el tiempo de la ampliación de suspensión de actividades ya señaladas, con la finalidad de vigilar las actuaciones de los servidores públicos de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se encuentren actuando en la presente contingencia sanitaria y sancionarlos para que cumplan cabalmente con sus obligaciones, dicha actuación se circunscribirá en aquellos casos cuya naturaleza requieran de una pronta intervención de sus integrantes por tratarse de hechos que derivados de la actuación y el ejercicio del servicio público impacten en el interés social y público por la trascendencia que estos mismos tienen.” También prevé que se puedan realizar visitas extraordinarias.
[5] Al respecto, se puede señalar la iniciativa de un juzgado de Buenos Aires que abrió una de sus audiencias virtuales al público, previa autorización de las partes involucradas, para dar a conocer su trabajo y permitir este escrutinio.
[6] Algunos previeron excepciones, por ejemplo, para los procedimientos relacionados con los sujetos obligados encargados de atender las necesidades de la población respecto de la contingencia derivada del Covid-19 “cuando el caso así lo amerite” o para el acceso al expediente médico. En el caso de Chiapas, el acuerdo del Instituto de transparencia precisa que “los sujetos obligados que se encuentren en condiciones de dar atención a las [solicitudes de acceso a la información] podrán hacerlo”.
[7] Vale la pena señalar que el acuerdo del instituto de transparencia es posterior al del poder judicial de esa entidad.
[8] El Poder Judicial de Yucatán ha publicado 20 comunicados relacionados con la actividad durante la contingencia, el de Oaxaca 15, el de Chiapas 12, los del Estado de México y de la Ciudad de México 10, los de Aguascalientes, Oaxaca y Guanajuato ocho, el de San Luis Potosí siete, el de Tabasco seis, mientras que los de Baja California Sur, Colima, Jalisco, Morelos, Sinaloa y Veracruz cuatro. Este Poder Judicial fue el primero en sacar un comunicado para recomendar medidas preventivas desde el 28 de febrero y el único en publicar uno para solicitar a su personal llenar un formato de salud, en caso de presentar ciertas características). Por su parte, al tener su página web en rehabilitación, el Poder Judicial de Durango ha privilegiado la comunicación vía Facebook, donde ha posteado más de 10 avisos.
[9] El Poder Judicial del Estado de México ha publicado cinco videos donde su presidente explica las medidas tomadas, los de Coahuila, Querétaro, Tabasco, Tamaulipa y Tlaxcala s dos, mientras que los de Baja California, Hidalgo y Oaxaca uno cada uno. El de Tlaxcala publicó un video con medidas de prevención y el la Ciudad de México uno de la fumigación que se realizó en sus instalaciones.
[10] El Poder Judicial de la Ciudad de México publicó cuatro mensajes escritos de su presidente destinados, en particular, a reconocer el trabajo del personal.